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La UCR de Corrientes pospone sus elecciones internas para mayo de 2025

La UCR de Corrientes inicia hoy una pausa en sus definiciones electorales internas, abriendo un periodo de varios meses para reorganizar sus estrategias de cara a la votación de 2025.

El juez federal Juan Carlos Vallejos, mediante la Resolución 390/24, confirmó que no habrá elecciones internas de la Unión Cívica Radical (UCR) de Corrientes este domingo 27 de octubre. La decisión judicial establece tal lo anticipado por EL LIBERTADOR que el proceso electoral del partido se realizará el 18 de mayo de 2025, según lo definido previamente por el Comité Central en el Acta N.º 26.

La resolución judicial responde a una reciente intervención de la Cámara Nacional Electoral, que revocó una medida cautelar dictada por el mismo juez Vallejos. Esa cautelar había suspendido los efectos del cronograma oficial del partido y mantenía en pie la posibilidad de elecciones este fin de semana.

Sin embargo, con el fallo de la Cámara, quedó sin efecto la suspensión, restableciendo el calendario electoral fijado para el próximo año.

CONFLICTO Y RESOLUCIÓN

El expediente en cuestión, identificado como “Unión Cívica Radical s/ reconocimiento de personalidad jurídico política” (Expte. Nº CNE 5029076/87), se tramitó en el Juzgado Federal de Primera Instancia Nº 1 de Corrientes.

La Cámara Nacional Electoral dictaminó el 24 de octubre que se debía respetar la fecha establecida por el Comité Central del partido, ratificando que las elecciones internas tendrán lugar el 18 de mayo de 2025.

El juez Vallejos, en cumplimiento de este fallo, dejó sin efecto las resoluciones adoptadas bajo la medida cautelar anterior, incluyendo la proclamación de autoridades basadas en listas únicas presentadas durante ese período. De esta forma, cualquier acto administrativo o judicial realizado bajo la vigencia de la cautelar pierde validez.

DETALLES DE LA RESOLUCIÓN

En la resolución oficial, el magistrado señaló que la nueva fecha electoral es de cumplimiento obligatorio y que cualquier incumplimiento implicaría un desacato a lo dispuesto por la Cámara Nacional Electoral.

Además, se notificó a la Junta Electoral partidaria y a las autoridades del partido sobre la vigencia del cronograma electoral formalizado en el Acta N.º 26 del Comité Central.

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