16.4 C
Paraná
InicioPolíticaDura oposición del Colegio Público de Abogados al proyecto de divorcio administrativo...

Dura oposición del Colegio Público de Abogados al proyecto de divorcio administrativo del Gobierno

El presidente del Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal, Ricardo Gil Lavedra, reiteró este martes su enfático rechazo al proyecto de ley sobre divorcios administrativos que el Gobierno envió ayer al Congreso.

Y reafirmó el compromiso de defender «la necesaria intervención profesional de los abogados en cualquier situación que implique la aplicación del derecho».

“Creemos insustituible la presencia del juez para garantizar de la mejor manera los derechos en juego”, agregó Gil Lavedra al oponerse duramente al proyecto.

“Modernizar y simplificar los procedimientos no puede hacerse a costa de los derechos”, alertó el excamarista que juzgó y encarceló a los comandantes de la última dictadura.

El titular del Colegio no solo reiteró su oposición sino que además advirtió que “no se puede, bajo el pretexto de simplificar los trámites, poner en riesgo muchos de los derechos de los contrayentes”.

“Una vez más, queda en evidencia el desconocimiento de nuestro Código Civil en cuanto a la necesidad de considerar integralmente todos los efectos del divorcio para garantizar la protección de la parte más vulnerable”, alertaron desde el Colegio Público.

El Gobierno de Javier Milei envió al Congreso un proyecto que busca agilizar los trámites de divorcio. El texto prevé la posibilidad de finalizar el matrimonio por vía administrativa: es decir, sin tener que contratar abogados ni pasar por la Justicia. Eso sí: la posibilidad sólo sería válida si ambos cónyuges están de acuerdo.

El proyecto se suman a la “ley hojarasca”, que el Gobierno envió al congreso con más de 70 leyes para derogar.

En la práctica, la nueva norma enviada a la Cámara de Diputados busca reemplazar el artículo 435 del actual Código Civil y Comercial. Hasta ahora, estaban previstas tres causas para la disolución del matrimonio: muerte de uno de los cónyuges, sentencia firme de ausencia con presunción de fallecimiento y divorcio declarado judicialmente.

En la nueva fórmula propuesta, se suma un cuarto inciso: el divorcio en sede administrativa, equiparado en cuanto a sus efectos con el divorcio declarado judicialmente.

MAS NOTICIAS
NOTICIAS RELACIONADAS