26.2 C
Paraná
InicioPolíticaCuánto cobra una autoridad de mesa para las PASO 2023

Cuánto cobra una autoridad de mesa para las PASO 2023

Las autoridades de mesa cumplirán una función fundamental el día de los comicios y deberán garantizar el correcto funcionamiento de la jornada. Por su trabajo serán reconocidos con una suma de dinero que puede ascender hasta $40.000, mientras que los docentes también sumarán puntos para los concursos por cargos en los establecimientos públicos.

El presidente y vicepresidente de mesa son las máximas autoridades el día de los comicios, por lo que deben llegar primeros e irse últimos luego de contabilizar los votos de cada urna.

Además, son las encargados de entregar al elector una boleta oficial de sufragio correspondiente al distrito de adjudicación del voto firmada en el acto de su puño y letra.

Para las PASO 2023, el Ministerio de Interior fijó, a través de la Resolución 88/2023, que la suma que percibirán las autoridades de mesa podría a ascender hasta $40.000, en caso de que asistan en las internas y las generales, hayan realizado la capacitación previa y se realice un hipotético balotaje.

Elecciones 2023: toda la información sobre las autoridades de mesa.

Elecciones 2023: toda la información sobre las autoridades de mesa.
Según detalla el documento, el pago por viáticos quedará dividido de la siguiente manera: $7.000 por elección (PASO, generales y balotaje) y un extra de $3.000 para las autoridades de mesa que hayan participado de las actividades de capacitación reconocidas por la Justicia Nacional Electoral.

Cómo es el pago para una autoridad de mesa 

Sumado al pago que recibirán por prestar sus tareas, las autoridades de mesa también pueden percibir un resarcimiento económico por realizar la capacitación previa.

No obstante, participar de la capacitación no es de carácter obligatorio, pero «son necesarias para que los/as ciudadanos/as cumplan sus funciones correctamente», detalla la web de la Cámara Nacional Electoral.

«Pesos siete mil ($7.000) por elección, la suma que percibirán, en concepto de viático, los ciudadanos y las ciudadanas que se desempeñen como autoridades de mesa, y cumplan efectivamente tal función, en las Elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias, en las Elecciones Nacionales y en la eventual Segunda Vuelta a celebrarse durante el año 2023», indicó el Ministerio de Interior. 

PASO 2023: quién designa a las autoridades de mesa 

Para ser autoridad de mesa las personas pueden anotarse voluntariamente, como también pueden ser elegidas mediante un sorteo en caso de que el número de voluntarios no complete el número necesario.

El sorteo y la designación estará a cargo de la Justicia Electoral, y la notificación se dará mediante un telegrama en el domicilio registrado en el Documento Nacional de Identidad.

El presidente y vicepresidente de las mesas son anunciados con una antelación superior a los 30 días a la fecha de las Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias (PASO), y quienes brinden sus servicios en las internas deberán hacerlo nuevamente en octubre y en noviembre, en caso de haber balotaje.

Elecciones 2023: las autoridades de mesa cobrarán por su labor el día de los comicios.

Elecciones 2023: las autoridades de mesa cobrarán por su labor el día de los comicios.
Sin embargo, de cara a las elecciones 2023 la Cámara Nacional Electoral adelantó el plazo a 65 días antes de los comicios, con el objetivo de tener con antelación a sus sustitutos y “permitir una instancia de capacitación efectiva de las personas designadas”.

Si los ciudadanos designados como autoridades de mesa no se presentan o hacen abandono de sus funciones se verán expuestas a posibles penas de prisión de seis meses a dos años, según establece el artículo 132 del Código Electoral Nacional.

PASO 2023: requisitos para ser autoridad de mesa 

Para ser autoridad de mesa es imprescindible que aparezcan habilitados en el padrón electoral para que puedan ser designados, y tanto el titular como el suplente deben estar presentes al momento del inicio y el final del acto electoral, «siendo su misión especial velar por el correcto y normal desarrollo del mismo», según determina la Ley 19.945.

Ser un elector hábil.Tener entre 18 y 70 años.

Residir en la sección electoral donde deba desempeñarse.

Saber leer y escribir.

Estar inscripto/a en el padrón electoral.

No estar afiliado a ningún partido político.

MAS NOTICIAS
NOTICIAS RELACIONADAS