La ley de necesidad de reforma de la Constitución provincial aprobada a finales de 2024 establece la posibilidad de eliminar la confesionalidad del Estado y reafirmar la separación y distinción entre el orden civil y cualquier orden religioso, pero reconociendo la colaboración entre ambos con todos los cultos. Es decir: deja abierta a la discusión la idea de establecer que no hay ningún culto que sea prioritario ni marque el camino de las decisiones. Sin embargo, tampoco se proclama laica completamente al reconocer a todos los cultos y una posible colaboración. Sobre ese punto, hay distintas miradas.
La actual Constitución de Santa Fe asume una posición confesional: la provincia tiene institucionalmente una religión, que es la Católica Apostólica Romana. Pero eso funciona como una mera declaración.
“Los Estados que realmente son confesionales tienen ciertas características como la toma de decisiones del gobierno basadas en una religión determinada o consultadas a las iglesias, pero eso en Santa Fe no ocurre”, aclaró Mariano Bär, abogado, especialista en Derechos Humanos y profesor universitario. “La provincia tiene el funcionamiento propio de un secular, por decirlo de alguna manera”, añadió.
Leandro Batalla, abogado y docente de la Universidad Nacional de Rosario (UNR), con estudios sobre la religión y el Estado, indicó que en primer lugar el Estado santafesino va a eliminar la confesionalidad que actualmente sí la tiene y es la Católica Apostólica Romana. En esa línea, destacó que ya existió una Constitución provincial laica, que fue la de 1921, y que “justamente cae por estas circunstancias, por la fuerza religiosa de su momento”. En 1962, cuando se aprobó una nueva Constitución para Santa Fe, otra vez la religión Católica se estableció como la oficial.
En relación a la Carta Magna nacional, explicó que la de 1994 avanzó en términos laicos, a excepción del artículo 2. “Eliminó la obligatoriedad de que los presidentes y vices sean católicos, eliminó que el Congreso de la Nación tenga que convertir a todos a la fuerza al catolicismo, eliminó cuestiones relativas a la Iglesia que estaban dispuestas para la Corte Suprema y el Poder Legislativo”, detalló el especialista. “En 1994 se removieron algunas cuestiones que quedaban, e incluso se adoptaron los tratados internacionales, que aceptaron por primera vez no solo la libertad religiosa sino también la libertad de conciencia, que nos protege a quienes no profesamos ninguna religión”, agregó.
A nivel nacional tenemos una laicidad sin igualdad de cultos, “lo que podríamos tomar como una laicicidad débil, según dicen algunos autores”, indicó Batalla.
En esta reforma, los 69 convencionales santafesinos deberán debatir respecto de ese eje que, si bien no es uno de los más fuertes en la agenda pública, sí genera discusiones. “Es uno de los puntos rojos de la Constitución que se discute. Hay un semáforo de temas y la cuestión de la confesionalidad, junto a la posibilidad de emitir decretos de necesidad y urgencia o la delegación legislativa, son puntos rojos”, advirtió Batalla.
Secularidad y laicicidad
En relación a la secularidad, Bär explicó que se busca no desconocer que existen religiones que tienen mucha influencia en la sociedad, pero “reconocer que la sociedad civil avanza sobre algunos ámbitos que antes eran privativos de la religión, como por ejemplo la educación”.
Hay una diferencia importante entre un Estado secular y uno laico y allí estará lo arduo de la discusión. “El proyecto original de reforma hablaba de neutralidad religiosa, que es no tomar partido por ninguno, pero lo que ocurre es que si declarás la laicidad del Estado también es una posición religiosa en un sentido, es como reconocer que no existen”, precisó el abogado.
“Entonces, a lo que se llegó previo a la Convención es habilitar la reforma del artículo 3, declarar la separación del orden civil del religioso, pero sin desconocer la tradición de la provincia en cuanto a su religiosidad”, agregó.
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Bär es de quienes sostienen que el artículo es un acierto tal como está redactado. “No significa que tengan influencia sobre las decisiones estatales, pero sí reconocer que históricamente han colaborado, que se puede seguir colaborando, son un tipo de organizaciones que existen y que van a trabajar en conjunto con el Estado y eso abarca una cuestión mucho más profunda y filosófica, es evitar que el Estado desconozca el sentido de trascendencia que tiene cada uno de nosotros”, opinó.
A pesar de que ese parece ser uno de los acuerdos previos a la Convención para habilitar la reforma de ese artículo, todavía está en discusión. En primer lugar, lo que respecta a la segunda parte del artículo de la ley de necesidad, que establece: “Reconociendo la colaboración entre ambos órdenes con todos los cultos”.
Reconocimiento de cultos
La actual Constitución tiene una confesionalidad más simbólica, pero Batalla señaló que hasta cierto punto. “Hay presencia de símbolos religiosos en espacios públicos, pero hay una secularización en el accionar de los Ejecutivos y los Legislativos”, resaltó, aunque advirtió que la modificación que se busca hacer en esta reforma de 2025 es buena en cierta parte pero no quiere decir que no genere problemas a futuro.
“Si nos preguntamos sobre cómo viene funcionando el Estado santafesino, podemos decir que tiene una práctica secular porque un gobernador no tiene que ser católico para asumir como tampoco los empleados públicos”, sostuvo Batalla. “Sin embargo hay todavía un montón de componentes simbólicos, como por ejemplo los actos del 25 de Mayo en las Iglesias Católicas que evidencian cierto compromiso”, recordó.
El artículo 3 de la ley de necesidad de reforma establece, en primer lugar, la confesionalidad del Estado y la separación con el orden religioso. Pero, por otro lado, la colaboración con los cultos. “Si vos establecieras el artículo así, como si la colaboración fuera de dos personas en un acuerdo, y esa colaboración pareciera que tiene un sustento constitucional, podría ser muy perjuicioso”, advirtió Batalla.
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“Para pensar la Constitución tenemos que hacer el ejercicio de pensar situaciones hipotéticas futuras. ¿Qué pasaría si en unos años asume un gobierno teocrático y musulmán, o con una religión integralista, y firma un acuerdo con el Ministerio de Educación para que la educación religiosa sea impartida en escuelas públicas? Eso ya deja de ser una mera colaboración”, ejemplificó. “Eso podría ser un escándalo. Hay que tener mucho cuidado, porque eso de la colaboraciones parece un reconocimiento amplio constitucional y es peligroso”, sostuvo.
En esa línea, la alerta mayor es pasar de un Estado confesional de una única religión a uno multiconfesional que reconozca a todas y haga acuerdos con todas. ¿Por qué el Estado debería colaborar con una religión en especial o por qué con todas? Es la pregunta que Batalla sostiene que hay que hacerse. “Ya la Corte Suprema, en su fallo Castillo, dijo que el Estado argentino no es confesional sino laico”, afirmó.
Para el abogado rosarino, estamos en un momento clave para definir la relación del Estado con todas la religiones. “El Estado tiene que tener una autoridad laica, y no es lo mismo decir que lo religioso no tiene que estar integrado a la vida política que desconocer los cultos. De hecho, ese tipo de Estado le otorga importancia a la religión en la esfera pública porque, por ejemplo, puede haber lugares para la religión en espacio públicos como hospitales”, finalizó.