El nuevo decreto redefine el concepto de ejecución pública y actualiza la normativa de propiedad intelectual, incorporando los medios digitales e Internet.
El gobierno nacional dispuso cambios en la normativa que regula la propiedad intelectual y el cobro de los derechos por el uso de música en ámbitos privados, como fiestas o eventos. También incorporó actualizaciones vinculadas a los medios digitales e Internet.
El decreto 765/2024, publicado este martes en el Boletín Oficial, introduce modificaciones al histórico decreto reglamentario 41.233/1934, con el objetivo de adaptarlo a los nuevos contextos tecnológicos y digitales, como las plataformas de streaming, que hoy forman parte del uso cotidiano de millones de personas y que no estaban contempladas en la vieja regulación.
El texto redefine el concepto de “ejecución pública”, estableciendo que comprende toda reproducción realizada en un espacio de acceso público y destinada a una pluralidad de personas, sin importar el propósito del evento.
“Se considerará ejecución pública de una obra musical o cinematográfica, discos, films sonoros, transmisiones radiotelefónicas y su retransmisión o difusión por altavoces la que se efectúe por ejecutantes o por cantantes, así como también la que se realice por medios mecánicos, electrónicos o digitales, incluyendo Internet”, señala el nuevo artículo.
Una de las principales novedades es que las fiestas privadas quedarán exentas de pagar a la Sociedad Argentina de Autores y Compositores de Música (Sadaic).
Hasta ahora, en el caso de comidas o celebraciones con o sin show —como eventos empresariales, institucionales o similares— se debía abonar un 8% de los ingresos totales por venta de entradas o menús, o bien el 40% del 20% de los ingresos brutos por cada encuentro.
Con el nuevo decreto, cualquier reunión realizada en salones de fiesta, hoteles, bares o restaurantes y desarrollada en un ámbito privado, ya sea permanente o temporal, quedará exceptuada del pago.
“No existe representación o ejecución pública cuando la misma se desarrolla en un ámbito privado, sea este de ocupación permanente o temporal”, aclara la normativa.
El secretario de Turismo, Ambiente y Deportes, Daniel Scioli, celebró la medida y afirmó: “Cumplimos nuestra promesa: los hoteles ya no deberán abonar tasas por derechos de autor ni por la reproducción de música en las habitaciones, consideradas ámbito privado”.
“Este logro es el resultado de una política de mayor desregulación económica impulsada por el presidente Javier Milei que fortalece la competitividad de la industria turística. Gran trabajo del ministro Federico Sturzenegger y del Gobierno en este camino hacia un Estado que actúa como un gran facilitador”, destacó.
Fuente: Rosario 3
