El gobierno nacional promulgó este miércoles la Ley 27.797 conocida como Ley Nicolás, una normativa que busca fortalecer la calidad y la seguridad en la atención médica en todo el país y evitar hechos de mala praxis. Había sido aprobada por el Senado el 18 de septiembre. La propuesta fue impulsada por Gabriela Covelli, madre de Nicolás Deanna, un joven de 24 años que falleció en 2017 a causa de una meningitis bacteriana no diagnosticada a tiempo.
En la Argentina, las denuncias por mala praxis aumentan año a año. Una de cada cuatro denuncias recae sobre un médico. Este incremento se atribuye a varios factores, incluyendo el deterioro en la relación profesional/paciente, la falta de comunicación y comprensión, y una estrategia de litigio “poco adecuada” donde las demandas suelen ser desestimadas.
El objetivo de la denominada Ley Nicolás es garantizar el derecho a una asistencia sanitaria segura, centrada en las personas y en las comunidades, mediante la creación de un marco institucional que promueva protocolos en los procesos de atención, la incorporación de tecnología, la reducción de daños “evitables” y la mejora de las condiciones laborales del personal de salud, señala la Ley en sus aspectos principales.
Hace hincapié en la “calidad de la atención sanitaria”, entendida como un proceso permanente de transformación orientado al cuidado de las personas y comunidades, y “seguridad del y la paciente”, que refiere a la prevención y reducción de daños prevenibles asociados a la atención sanitaria.
Incluye la noción de “cultura justa”, que implica abordar los incidentes de seguridad de manera imparcial, entendiendo los errores humanos sin que necesariamente sean objeto de sanción, y promoviendo la notificación de problemas de seguridad para el aprendizaje institucional.
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Esta Ley busca “promover la gestión de la calidad y la evaluación sistemática, la creación y adopción de instrumentos y dispositivos en la estructura orgánico-funcional tendientes a desarrollar una cultura de calidad y seguridad de la atención”, así como “fomentar procedimientos para la identificación y el análisis de riesgos relacionados con procesos sanitarios que resulten en daños prevenibles, a los fines de disminuir su incidencia futura en situaciones similares, incentivando el reporte de incidentes para el aprendizaje, cuya confidencialidad se encuentre debidamente protegida”.
Registro de eventos
La creación del Registro Unificado de Eventos Centinela es otro aspecto central. Funcionará en el marco del Sistema Integrado de Información Sanitaria Argentino (Sisa). Todas las instituciones deberán reportar los eventos centinela que se produzcan, y el registro garantizará la confidencialidad de la información, en cumplimiento de la ley de protección de datos personales. Este organismo divulgará anualmente los resultados de las investigaciones sanitarias, “mediante los canales que sean más eficaces para incentivar el aprendizaje y prevenir la aparición de nuevos eventos”.
Ordena además que todas las instituciones proveedoras de servicios de salud cumplan con una serie de características mínimas como la obligación de “establecer protocolos de actuación del personal de salud, tendientes a la prevención de daños evitables”, diseñar planes de auditoría y monitoreo de indicadores de seguridad, implementar procesos estandarizados de atención y vigilancia de infecciones, y asegurar métodos para el registro de incidentes de seguridad, eventos adversos y eventos centinela. Estas bases de datos deberán ser investigados con un criterio no punitivo, con el objetivo de evitar su repetición y garantizar el aprendizaje.
La ley también exige que las instituciones pongan a disposición de las personas usuarias instrumentos para la gestión de su propia salud, incluyendo mecanismos para la presentación de quejas u objeciones sobre deficiencias en la prestación del servicio, “sin temor a represalias”. También hace mención de la necesidad de asegurar una dotación de personal adecuada, evitar el agotamiento físico o mental del equipo de salud mediante la regulación de turnos y horas de trabajo, y prever medidas de protección frente a situaciones de violencia o intimidación.
La muerte evitable de Nicolás
El joven de 24 años murió en 2017 por una meningitis bacteriana mal diagnosticada. Desde entonces, su madre impulsó la Ley que lleva su nombre. En distintas entrevistas, Gabriela contó que su hijo era deportista y relató como fue la secuencia de hecho que terminó con la vida del joven.
El sábado 21 de octubre de 2017 fue a atenderse con el doctor Ricardo Cap por un fuerte dolor de cabeza. El médico le recetó dos analgésicos. Los malestares continuaron y dos días después volvió a verlo, al no mejorar. Ahí le dieron el primer diagnóstico: contractura en la base del cráneo.
Lo que en realidad tenía, se supo más tarde, era una meningitis bacteriana. El joven fue dado de alta pero a las pocas horas comenzó a levantar fiebre, realizó un exoftalmos bilateral y lo internaron en la Clínica del Bosque de Pinamar con un suero sin medicación. “Confundió este último síntoma con una alergia, selló así la muerte de mi hijo”, dijo su madre. Nicolás falleció el 2 de noviembre.