Con el fin de reducir la volatilidad de los tipos de cambio paralelos, el Gobierno resolvió implementar nuevos topes a las operaciones semanales admitidas para el dólar bolsa.
En el marco de las nuevas medidas que tomó el Gobierno para el dólar y la decisión de contener los tipos de cambio paralelos que viene implementando en el último tiempo, la Comisión Nacional de Valores (CNV) anunció este lunes la puesta en marcha de nuevas limitaciones para operar dólar MEP.
A través de la Resolución General 971 del regulador financiero estableció un límite de 100 mil valores nominales (el equivalente a unos u$s40.000) para las operaciones en este mercado del dólar financiero. Así, ese es el nuevo tope de venta de valores negociables de renta fija nominados y pagaderos en dólares emitidos y bajo ley local y extranjera con liquidación en moneda extranjera que la CNV aplicará para el segmento de negociación PPT de ahora en más.
Andres Reschini, analista de F2 Soluciones Financieras, opina en diálogo con Ámbito que» se notó bien claro con el mercado bajo presión pre electoral que las medidas tomadas como la devaluación impositiva y la 969 de CNV dispararon más a los financieros» y señala que hay que ver cómo reacciona el mercado a estas medidas, pero espera que, «con más incertidumbre es probable que pase lo mismo». Así, duda de la efectividad que pueda tener la medida y señala que hay que esperas a ver cómo evoluciona.
CNV: cuál es el objetivo de la medida
Sin embargo, según detallaron fuentes oficiales, el objetivo de la medida es «reducir la volatilidad del mercado financiero y su impacto sobre el normal funcionamiento de la economía, acompañar los esfuerzos por evitar desequilibrios en los llamados dólares financieros y desalentar movimientos especulativos». Todo ello, sin afectar a la gran mayoría de las personas que realizan esta operatoria de forma genuina.
La vigencia de la medida es de tiempo indeterminado, ya que se explicó que «la resolución regirá mientras duren las circunstancias que hagan necesaria su implementación y se aplicará para cada subcuenta comitente», para el conjunto de subcuentas comitentes de las que fuera titular o cotitular un mismo sujeto y para el conjunto de las operaciones con liquidación en moneda extranjera.